Cómo tributan tus inversiones en el IRPF, los tramos del ahorro 2025 y estrategias legales de optimización fiscal específicas para el inversor español.
Las ganancias de inversiones (plusvalías, dividendos, intereses) tributan en la base imponible del ahorro — una escala separada de tus ingresos del trabajo, con tipos más bajos.
Los tramos indicados son el tipo total (estatal + autonómico). Algunas comunidades autónomas tienen pequeñas variaciones. Consulta la normativa de tu CCAA para el desglose exacto.
Vendes un fondo con una plusvalía de 20.000 €:
• Primeros 6.000 € → 19% = 1.140 €
• Restantes 14.000 € → 21% = 2.940 €
Total a pagar: 4.080 € (20,4% efectivo)
Recibes netos: 15.920 €
No pagas impuestos hasta que vendes y realizas la plusvalía. Un ETF que ha triplicado su valor no te debe nada a Hacienda hasta que lo vendas. Ese dinero "no pagado" sigue generando rendimientos compuestos para ti.
| Tipo de rendimiento | Ejemplo | Cuándo tributa | Tipo aplicable |
|---|---|---|---|
| Plusvalía de fondos / ETFs | Vendes un ETF con ganancia | Al vender | 19–28% (base ahorro) |
| Dividendos de acciones | Iberdrola reparte dividendo | Al cobrarlos | 19–28% (base ahorro) |
| Intereses de depósitos | Interés cuenta remunerada | Al cobrarlos | 19–28% (base ahorro) |
| Rescate plan de pensiones | Jubilación o excepción | Al rescatar | Tarifa general (trabajo) |
| Traspaso entre fondos | Cambias de fondo indexado | ¡No tributa! | 0% hasta retirar |
| Letras del Tesoro | Letra a 12 meses vencida | Al vencimiento | 19–28% (base ahorro) |
En España puedes traspasar dinero de un fondo de inversión a otro sin que Hacienda lo considere una venta. No tributas hasta que retiras el dinero definitivamente del sistema de fondos.
Qué puedes hacer sin pagar impuestos:
✓ Rebalancear tu cartera (vender renta variable y comprar renta fija, o viceversa)
✓ Cambiar de gestora (de Myinvestor a Indexa Capital, por ejemplo)
✓ Cambiar de estrategia (de fondo agresivo a conservador al acercarte a la jubilación)
Importante: Esta ventaja aplica solo a fondos de inversión. Los ETFs no permiten traspaso sin tributar — cada venta es una operación imponible. Es la principal razón por la que muchos inversores españoles a largo plazo prefieren fondos indexados sobre ETFs.
Si en un año tienes ganancias en unas inversiones y pérdidas en otras, puedes compensar las ganancias con las pérdidas para reducir la base imponible del ahorro.
Ejemplo: Ganas 10.000 € vendiendo un ETF y pierdes 4.000 € en acciones individuales. Solo tributas por 6.000 €, no por 10.000 €.
Las pérdidas que no hayas compensado en un año se pueden arrastrar hasta 4 años fiscales siguientes.
Atención a la "wash sale rule" española: Si vendes con pérdidas y recompras el mismo activo en menos de 2 meses (valores cotizados) o 1 año (fondos y ETFs no cotizados en mercados secundarios), Hacienda puede no reconocer la pérdida. Consulta a un asesor fiscal antes de ejecutar esta estrategia.
Distribuir las inversiones entre ambos cónyuges puede ser fiscalmente ventajoso: cada uno aprovecha el tramo del 19% hasta los primeros 6.000 € de forma independiente.
Ejemplo: En lugar de que una persona tribute por 12.000 € de plusvalía al 19–21%, si cada cónyuge tiene 6.000 € de ganancia, ambos tributan al 19% sin saltar al siguiente tramo.
Consulta con un asesor fiscal para estructurarlo correctamente según tu régimen matrimonial (gananciales o separación de bienes) — no todos los regímenes permiten la misma flexibilidad.
Si estás cerca de fin de año con ganancias acumuladas y prevés más ingresos del trabajo el año que viene (subida de sueldo, bonus, indemnización), puede convenir retrasar la venta al año en que tus ingresos sean menores.
Aunque la base del ahorro tiene sus propios tramos independientes del trabajo, en la práctica diferir las plusvalías te da un año más de crecimiento compuesto y flexibilidad para planificar.
La planificación fiscal no consiste en evadir — consiste en hacer las mismas operaciones en el momento fiscalmente más ventajoso.
Si tienes activos en el extranjero (cuentas bancarias, valores, inmuebles) con valor superior a 50.000 € por categoría, estás obligado a declararlo a Hacienda con el Modelo 720 antes del 31 de marzo de cada año.
Afecta a quienes invierten a través de brokers europeos como DEGIRO, Interactive Brokers o similares con saldo superior a ese umbral. Las multas por incumplimiento siguen siendo severas. Consulta con un asesor fiscal si superas el umbral.
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